Reglameto de evaluacion

.- IDENTIFICACIÓN

 

Establecimiento Educacional

 

ESCUELA ESPECIAL DE LENGUAJE SAN BENITO

Dirección

CALLE 18 SEPTIEMBRE #115

RBD

15734-1

Nombre Director

ROXANA VERA GÓMEZ

Nombre Fonoaudiologa

MURIEL MASSERA RAMIREZ  

Rut  10. 583792-5

Registro  3276/2009

Correo Electrónico

sanbenitojardinsb@gmail.com

Nº Teléfono

722249728

         

 

II.- MARCO LEGAL

 

La Escuela Especial de Lenguaje San Benito se rige por el Decreto Supremo Nº 170/2009, y el Decreto Exento Nº 1300 de 2002 “Planes y Programas de Estudios para alumnos con Trastornos Específicos de Lenguaje, de carácter transitorio”.

El Decreto 170 señala que las Necesidades educativas especiales de carácter transitorio: son aquellas no permanentes que requieren los alumnos en algún momento de su vida escolar a consecuencia de un trastorno o discapacidad diagnosticada por un profesional competente y que necesitan de ayudas y apoyos extraordinarios para acceder o progresar en el currículum por un determinado período de su escolarización.

Se entiende por Trastorno Específico del Lenguaje, en adelante TEL, a una limitación significativa en el desarrollo del lenguaje oral, que se manifiesta por un inicio tardío y un desarrollo lento y/o desviado del lenguaje. Esta dificultad, no se explica por un déficit sensorial, auditivo o motor, por discapacidad intelectual, por derivación socio-afectiva entre otros, así como tampoco las dislalias, ni trastornos fonológicos.

No será considerado como TEL todas aquellas dificultades del lenguaje que resulten como consecuencias de otro déficit o discapacidad.

 

III.- REQUISITOS DE INGRESO

 

Artículo n°1: El alumno(a) que ingrese a nuestra Escuela Especial de Lenguaje debe:

 

a) Presentar un Trastorno del Lenguaje diagnosticado por el profesional competente y del área.

 

b) Cumplir con las edades de ingreso estipuladas por el Ministerio de Educación.

 

Nivel Medio Mayor

3 años a 3 años 11 meses al 31 de marzo del año en curso

1° Nivel de Transición

4 años a 4 años 11 meses al 31 de marzo del año en curso

2° Nivel de Transición

5 años a 5 años 11 meses al 31 de marzo del año en curso

 

Artículo n°2: Documentación requerida

 

-          Ficha Matricula

-          Certificado de nacimiento

-          Valoración de Salud

-          Anamnesis

-          Autorización apoderado para la evaluación

-          Evaluación fonoaudiológica (protocolos pruebas y test obligatorios)

-          Formularios decreto 170

-          Notificación diagnóstica al apoderado

-          Informe fonoaudiológico

-          Diagnóstico pedagógico

-          Informe pedagógicos

-          Colilla de reglamento interno firmada por el apoderado

 

 

Artículo n°3: El ingreso de los alumnos a una escuela de lenguaje será determinado por una evaluación de TEL realizada por una profesional Fonoaudiólogo inscrito en la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

 

Artículo n°4: El periodo de ingreso de alumnos a las escuelas se extiende hasta el 31 de Junio de año en vigencia, por lo tanto el proceso de evaluación diagnóstica es coherente a dicho periodo.

 

Artículo n°5: Además, el menor debe ser evaluado por un Médico Pediatra que descarte un trastorno primario al Trastorno Específico del Lenguaje. Dicha evaluación quedará registrada en el FORMULARIO ÚNICO VALORACIÓN DE SALUD

 

Artículo n°6: Posteriormente, el profesor especialista deberá realizar la Evaluación Pedagógica Diagnóstica para determinar los aprendizajes de entrada y necesidades especiales derivadas o no del Trastorno de Lenguaje y establecer así los Apoyos Especializados que el Equipo de Trabajo entregará durante el año escolar.

 

 

Artículo n°7: Para complementar las evaluaciones de ingreso, se aplicará una Anamnesis al apoderado y/o padre del menor con la finalidad de conocer antecedentes importantes de los periodos peri y post natal del estudiante así como también, datos relevantes de su dinámica familiar y situación socioeconómica.

 

Artículo n8: Esta información permitirá conocer la realidad del niño y considerar su individualidad al momento de planificar su proceso de tratamiento.

 

  

IV.- EVALUACIONES

 

Artículo n°9: La evaluación es un proceso integral, continuo, sistemático y flexible que orienta nuestro quehacer educativo, nos da a conocer los resultados obtenidos en términos de los objetivos propuestos, acorde con los recursos utilizados y las condiciones existentes, permitiendo favorecer el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos/as.

 

Artículo n°10: Las evaluaciones son aplicadas por las profesoras y/o fonoaudióloga con el propósito de identificar en qué medida ha logrado cada alumno alcanzar los aprendizajes esperados correspondientes a un período determinado del proceso escolar. (Ver Artículo n° 21, letra A y B)

 

Artículo n°11: Se realiza en forma continua durante el proceso de la acción educativa permitiendo a la profesora determinar el nivel de progreso del educando, orientar y reorientar la acción educativa, reajustar los objetivos en función de las necesidades de los alumnos, superar ineficiencias de los recursos empleados y explicar la presencia de logros.

 

Artículo n°12: El proceso de evaluación se centra en gran medida en las experiencias educativas cotidianas realizadas tanto en el aula como fuera de ella, esto permite recoger la información no sólo sobre el resultado, sino también sobre el proceso mismo, conociendo de esta forma mejor al alumno y adecuar el trabajo pedagógico.

 

Artículo n°13: Tomando en cuenta la edad, intereses y el nivel de desarrollo de cada estudiante, se ha elaborado un informe pedagógico para el Plan General, con indicadores de las habilidades esperadas para cada edad, los cuales tienen directa relación con cada uno de los aprendizajes esperados planteados en los distintos ámbitos y núcleos de las Bases Curriculares de Educación Parvularia.

 

Artículo n°14: Nuestro establecimiento educacional, ha organizado su año escolar en Semestres, por lo que al término de cada uno de éstos, el apoderado recibirá el informe cuantitativo de las habilidades desarrolladas según los ámbitos de las BBCC y cualitativo, resumiendo el trabajo realizado en el PEI Pedagógico y Fonoaudiológico de su hijo/a, a través de una entrevista mínima al año o en las reuniones de apoderados,  en donde se realiza lectura del informe, en caso que lo requiera el apoderado se saca una copia del informe, quedando el original en la escuela. (Ver Artículo n° 21 letra C)

 

Artículo n°15: Sólo a fin de año se entrega un informe cualitativo final, dejando el original en el establecimiento en el establecimiento para los niños/as que continúen en él. A los alumnos que egresan del establecimiento, se les entrega un Informe de Alta o de Egreso. (Ver Artículo n° 21 letra D)

 

Artículo n°16: La evaluación de los aprendizajes tanto en el Plan General como Plan Específico serán en base a listas de cotejos, observación directa, relato de experiencias, rúbricas, pruebas de evaluación trimestral, dejando constatados en ellos los dificultades y por sobre todo los diversos avances obtenidos en el proceso enseñanza aprendizaje. Los criterios de evaluación aplicados en el informe de Plan General serán los siguientes:

-          (L) Objetivo logrado

-          (EP) Objetivo en proceso de Desarrollo

-          (NL) Objetivo no Logrado

-          (NE) Objetivo no Evaluado

-          (NT) Objetivo no Trabajado

 

Artículo n°17: Además se considerarán observaciones y sugerencias pedagógicas, que podrán ser realizadas por la docente y/o fonoaudióloga.

 

Artículo n°18: Por otro lado, se incluye en el informe trimestral aspectos trabajados por nivel del Plan Específico, y se detalla de manera cualitativa también el trabajo realizado por la profesora y la fonoaudióloga.

 

Artículo n°19: La finalidad de la evaluación formativa es:

•Retroalimentar tanto a la docente como al apoderado acerca del desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje.

•Distinguir lo que el alumno o grupo ha dominado.

•Detectar el grado de avance en el logro de los objetivos.

 

Artículo n°20: La reevaluación fonoaudiológica se efectuará al término del año escolar, con la finalidad de analizar la evolución del tratamiento y actualizar el diagnóstico, determinando así las altas y/o continuidad en el establecimiento.

 

Artículo n°21: Dentro del año escolar se realizarán las siguientes evaluaciones:

A.- Evaluación Fonoaudiológica de ingreso: Esta evaluación la realiza a fonoaudióloga de nuestro establecimiento y es indispensable para determinar si el menor cumple con lo estipulado en el punto II a de este Reglamento de Evaluación, y así recibir los apoyos correspondientes. Esta evaluación se realiza a través de pruebas formales exigidas por el decreto 170, A los apoderados se les informa acerca de los resultados de esta evaluación, registrando su firma al pie del informe para padres

B.- Evaluación Diagnóstica Pedagógica (marzo): Esta evaluación es realizada por la profesora especialista y se realiza antes de empezar el proceso de enseñanza aprendizaje, con el propósito de verificar el nivel de preparación de los alumnos, es decir, identificar los aprendizajes previos que marcan el punto el punto de partida para el nuevo aprendizaje.

C.- Evaluación Integral al término del 1º y 2º trimestre: Evaluación de carácter Pedagógico: En base a los aprendizajes logrados por el alumno(a) durante el primes y segundo trimestre, respectivamente. Además incluye una síntesis fonoaudiológica. A los apoderados se les entrega una copia de este informe en la reunión de apoderados realizada al término de cada trimestre.

D.- Evaluación Integral al Término del Año Escolar que incluye:

1.- Evaluación de carácter Pedagógico: En base a los aprendizajes logrados por el alumno(a) durante el tercer trimestre. Además esta evaluación anual incluye todos los datos recopilados durante el año escolar teniendo como fin último aclararles a los padres la situación académica de sus hijos. A los apoderados se les entrega una copia de esta evaluación.

2.- Reevaluación Fonoaudiológica: la realiza la fonoaudióloga del establecimiento mediante pruebas estandarizadas y tiene por objetivo saber si el menor ha superado su trastorno del lenguaje para determinar su continuidad o egreso. A los apoderados se les entrega una síntesis de esta evaluación junto al informe pedagógico anual.

Artículo n°22: Formularios Únicos Decreto 170: Son documentos de tipo legal (ley 20.201 – Decreto 170/2010) que tienen como finalidad recabar la mayor cantidad de antecedentes del estudiantes para aclarar sus necesidades y de esta manera, definir las líneas de acción en la atención que él requiere.

 

Artículo n°23: Para nuestra especialidad, los anteriores son utilizados los siguientes:

- Formulario Único Síntesis Evaluación De Ingreso- Trastorno Específico Del Lenguaje/ Formulario Único de Evaluación Integral (FUDEI)

- Formulario Único Síntesis Reevaluación – Trastorno Específico Del Lenguaje.

- Formulario Único Valoración De Salud.

- Autorización Para La Evaluación.

 

V.- EGRESO

 

Artículo n°24: Para el egreso de los alumnos de la escuela de lenguaje debe existir un trabajo consensuado (profesora especialista, Fonoaudióloga y jefe Técnico).

 

Artículo n°25: Los alumnos sólo pueden ser egresados anualmente.

 

Artículo n°6: Los criterios de egreso:

- Haber superado el TEL.

- Por promoción a la educación regular. En cuyo caso si el alumno requiere de apoyos especializados este deberá darse en la escuela básica con el correspondiente proyecto de integración escolar.

 

Artículo n°27: Certificados de egresos a colegios: extenderá estos certificados solamente a los alumnos de asistencia regular que hayan finalizado el año escolar o hayan sido dados de alta fonoaudiológica.

 

Artículo n°28: También, si los apoderados lo solicitan, nuestra escuela entrega en Diciembre todos los informes que se requieren para proyecto de Integración cuando el alumno no ha alcanzado a superar su trastorno.

 

VI.-  TRASLADO O RETIRO DE  DOCUMENTACIÓN

 

Artículo n°29: El retiro de la documentación o expediente del niño o niña, ya sea por traslado de establecimiento o retiro voluntario, deberá ser realizado por el propio apoderado el cual deberá dejar una constancia escrita y debidamente firmada en la Dirección del establecimiento. Para ello, deberá concurrir al establecimiento y entrevistarse con la Directora o Jefe de U. T. P y en un plazo de no más de 1 semana podrá concurrir a retirar la documentación requerida.

 

Artículo n°30: Si no fuese posible que el apoderado pueda asistir, deberá entregar un poder simple a un tercero, solo bajo esas condiciones la documentación será entregada.

 

 

 

 

anexo reglamento de evaluacion contingencia 2020-2021

PROTOCOLOS DE APLICACIÓN EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA INTEGRAL Y/O REEVALUACIÓN 2021

 

I.- JUSTIFICACIÓN

Consideraciones Generales de la evaluación diagnóstica, modalidades de evaluación: La evaluación diagnóstica integral , presenta unas modificaciones que surgen de acuerdo a las adecuaciones que se han tenido que desarrollar de acuerdo a la contingencia sanitaria que se está viviendo producto del covid – 19, es así que estas adecuaciones se manifiestan tanto en los procedimientos para realizar las evaluaciones como también en la modalidad de éstas, ya que años anteriores estas se realizaban totalmente presenciales citando en varias ocasiones a los padres y alumnos para que tuvieran la instancia de conocer el establecimiento y también de completar toda la información o documentos requeridos para el proceso evaluativo. Por los motivos antes señalados estas modalidades han variado principalmente en dos de acuerdo a los requerimientos que sean necesarios:

 

Artículo n°1: Modalidad Remota: esta modalidad se utilizará para aplicar la evaluación cualitativa, la cual, consiste en recabar información en donde no se aplican instrumentos estandarizados, como son: la Anamnesis, Test de Articulación a la Repetición (TAR) pautas de evaluación informal y apreciación cualitativa. Para ello se debe firmar un consentimiento informando a los padres del proceso con el fin de que ellos tomen conocimiento de las condiciones y procedimientos de la evaluación remota.

 

Artículo n°2: Modalidad Presencial: la evaluación presencial se aplicará de manera excepcional, dos de los test estandarizados requeridos por los decretos vigentes, el tercer test quedará pendiente para su aplicación una vez iniciadas las clases presenciales.

 

 II.- CONSIDERACIONES PREVIAS A LA EVALUACIÓN

 

Artículo n°3: Solicitud de hora a la evaluación: para la solicitud de hora para una evaluación, los padres o apoderados deben realizarlo por medio telefónico a los números destinados para ello, tanto el teléfono del establecimiento como al WhatsApp destinado para ello. Además, se puede realizar consultas por las redes sociales del establecimiento, Facebook, página web o correo, desde donde el personal se contactará por medio telefónico para realizar la toma de hora solicitada. Cabe señalar que las horas asignadas se realizarán con una hora de diferencia.

 

III.- INFORMACIÓN DE PROTOCOLO Y PROCEDIMIENTO EVALUATIVO

 

Artículo n°4: Una vez solicitada la hora, se le hace envío por correo electrónico o WhatsApp con el link a los padres o apoderado acerca del protocolo de evaluación diagnóstica con el fin de que los apoderados conozcan previamente los pasos correspondientes al proceso evaluativo presencial.

 

Artículo n°5: confirmación de la hora a la evaluación, el día en que se realice la evaluación se llamará a los padres o apoderado para confirmar la asistencia y a su vez se le realizará un triage inicial con una serie de preguntas, las cuales se volverán a realizar una vez estando en el establecimiento, ya que si aparece alguna respuesta afirmativa, la hora deberá ser suspendida y reagendada (anexo 1)

 

 

IV.- EL INGRESO DEL ESTABLECIMIENTO

 

Artículo n°6: Limpieza, Desinfección y protección

 

Medidas para el Ingreso al Establecimiento

-          Antes de cada ingreso el establecimiento se sanitizará la sala donde se realizará la evaluación. (limpieza de piso y superficies)  de acuerdo al protocolo de sanitización (Anexo 3)

-          La Escuela pondrá a disposición artículos de protección personal como Jabón, alcohol gel, papel secante.

-          Todo el personal debe tomarse la temperatura al ingreso del establecimiento realizado por el encargado y dejar un registro diario de ésta, además de realizarse un lavado de manos o aplicarse alcohol gel.

-          A los apoderados citados a evaluación al  ingreso del establecimiento se les tomará la temperatura la cuál será registrado en una planilla con el nombre, la fecha, hora, rut, teléfono,  con el fin de tener un registro en caso de presentarse algún síntoma asociado a Covid -19 o positivo en la prueba PCR de alguno de los funcionarios.

-            El apoderado además debe completar el traige inicial para descartar algún síntoma asociado a posible caso de Covid- 19, antes del ingreso de la sala de la fonoaudióloga.

-          Esta información se complementará con la firma del documento de autorización o consentimiento informado acerca de los procedimientos a realizar. (Anexo 2)

-          Todos quienes ingresen al establecimiento deberán utilizar obligatoriamente mascarilla que cubra boca y nariz. Esto independiente del tiempo de permanencia en el lugar. El niño lo ideal es que utilice un protector facial transparente, si no lo tiene el colegio le proporcionará uno previamente sanitizado para utilizarlo en el momento de la evaluación, posterior a ésta debe quedar en la escuela, y volver a sanitizar.

-          Se deberá respetar toda norma de higiene aplicando alcohol gel  en las manos antes del ingreso a la sala de la fonoaudióloga y realizar un correcto lavado de manos cuando requiera de ir al baño. El establecimiento contará con los elementos de aseo necesarios para esto.

 

Artículo n°7: Aforo e Interacción

 

Medidas para el Ingreso al Establecimiento

-          Para quienes ingresen se establecerá una distancia física de a lo menos 1 mt.

-          No se permitirán saludos que impliquen contacto físico.

-          Desde el ingreso al establecimiento se sugiere evitar el uso de elementos tecnológicos como teléfonos celulares o tablets, ya que son objetos que pueden comportarse como vector, debido a la frecuencia de uso.

-          Podrán ingresar a la sala de la fonoaudióloga el niño evaluado y el apoderado o acompañante. Sin embargo si van con más acompañantes (máximo 2 si son hermanos) deberán esperar en el exterior de la sala de la fonoaudióloga.

 

V.- DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN

 

Artículo n°8: Limpieza, Desinfección y protección.

 

Medidas durante el Proceso de Evaluación

-          La fonoaudióloga debe contar con sus elementos de protección personal (EPP) entre los cuáles están guantes, mascarilla, escudo facial, bata o delantal desechable. Debe realizar un lavado de manos previo a la interacción con el apoderado y el niño/a.

-          Limpiar con alcohol o toalla con cloro la superficie del escritorio en el cuál se apoyarán los implementos de evaluación como test o papeles o lápices que el apoderado o estudiante pudiesen utilizar.

-          Contar con los instrumentos de evaluación (TEPROSIV- R, TECAL) con sus láminas de estímulos termo laminadas, las cuales serán sanitizadas al terminar la evaluación.

-          La mesa de la fonoaudióloga cuenta con la distancia establecida de no menos de 1 metro de distancia, en donde además contará la mampara acrílica.

-          La sala tendrá ventilación natural

-          Antes de ingresar a la sala donde se realizará la evaluación, el apoderado y  el/la niño/a debe higienizar sus manos con alcohol gel.

-          Si el/la niño/a en algún momento abandona la sala de clases independiente de la razón que sea, al regresar deberá limpiar sus manos con alcohol gel, lo mismo el apoderado que lo acompaña.

-          Posterior a cada evaluación las salas serán limpiadas y desinfectadas, asegurando una adecuada ventilación, de acuerdo al protocolo de sanitización

-          Dentro de la sala se dispondrá de alcohol gel (visible y fácil acceso)

-          Los instrumentos de evaluación deberán ser sanitizados después de cada aplicación.

 

 

 Artículo n°9: Aforo e Interacción

 

Medidas durante el Proceso de Evaluación

-          No se permitirá el consumo de alimentos o bebidas. Esto desde el ingreso al establecimiento.

 

 

 VI.- AL TERMINAR LA EVALAUCIÓN

 

Artículo n°10: Aforo e Interacción

 

 

Medidas para la salida del establecimiento una vez finalizada la evaluación 

-          No se permitirán despedidas que impliquen contacto físico.

-          La fonoaudióloga acompañará a los estudiantes a la salida una vez finalizado el proceso a fin de evitar contacto físico con otros apoderados.

-          Se resguardará que no exista aglomeración o grupos masivos a la entrada o salida del establecimiento. 

-          Se procederá a realizar la sanitización de la sala y los implementos utilizados en la evaluación.

ANEXOS protocolos de aplicación evaluación diagnostica integral y/o reevaluación

 

ANEXO N°1:

                                       Identificación

 

 Sr. Apoderado de acuerdo a lo informado en el protocolo, al ingresar al establecimiento se debe completar la siguiente planilla con el fin de tener un registro en caso de presentarse algún síntoma asociado a Covid -19 o positivo en la prueba PCR de alguno de los funcionarios.

 

Nombre del apoderado

 

Rut

 

Nombre del niño/a  a evaluar

 

Fecha

 

Hora

 

Temperatura apoderado

 

 

T° Niño/a

 

 

 

 Además de lo anterior, se le solicitará responder al siguiente Triage con el fin de poder descartar algún síntoma asociado a posible caso de Covid- 19

 

SINTOMAS Y CONDUCTAS SOCIALES

SI

NO

Fiebre superior  a 37,3 grados en los últimos 14 días

 

 

Cefaleas en los últimos 14 días

 

 

Sintomatología respiratoria alta y baja en los últimos 14 días

 

 

Síntoma de anosmia o disgeusia ( pérdida de olfato y gusto)

 

 

Diarrea o sintomatología gástrica

 

 

Letargo físico o malestar general

 

 

Exposición a grupos o personas con diagnóstico Covid-19

 

 

Exposición a grupos de personas en el cual no se haya respetado la distancia social

 

 

 

 

___________________

Firma Apoderado/a

 

 

 

 

 

ANEXO 2

 

  I.- IDENTIFICACIÓN ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL Y DIRECTORA

 

Establecimiento Educacional

Escuela Especial de Lenguaje San Benito

Dirección

Calle 18 de septiembre#115 Pbl. Sta Teresita

RBD

15734-1

Nombre Director

Roxana Vera G

Correo Electrónico

Jardinsanbenito@vtr.net

Nº Teléfono

722281938

 

II. IDENTIFICACIÓN PROFESIONAL EVALUADOR

 

Nombre

Muriel Massera Ramirez

RUT

10.583.792-5

Profesión

Fonoauadiologa

Nº de Registro

3276/2009

Consentimiento

 Como profesional doy fe de que el envío de video o audios solicitados a los apoderados (en caso de ser necesario) será de uso exclusivo para completar la información de la evaluación.

Firma

 

 

 AUTORIZACIÓN (Se completará al momento de la evaluación presencial)

 

Fecha

 

Lugar de Evaluación

 

 

AUTORIZACIÓN O CONSENTIMIENTO INFORMADO

 

Yo____________________________, RUT ___________ apoderado de ______________

Conozco en qué consiste este proceso de evaluación en el que participará mi hijo o hija.

Estoy informada/o, del procedimiento, lugar y profesional que lo realizará, además comprendo el protocolo

a seguir debido al contexto de crisis sanitaria. Cabe señalar que si es necesario enviar un video o un audio,

este será de uso exclusivo para completar información de la evaluación.

Por lo tanto, en, _____________________ con fecha ____________________

 

SI doy mi consentimiento

 

NO doy mi consentimiento

 

                                                                                               

                                                                                 

 

                

Firma Apoderado

 

Anexo 3

 

 

Limpieza y desinfección de Establecimientos Educacionales

 

 

El responsable de la limpieza y desinfección del establecimiento será el sostenedor, coordinados con el equipo directivo, siguiendo el protocolo  N° 3 emitido por El MINEDUC para el retorno a las actividades escolares bajo el contexto COVID-19

 

Para ello se contara con los materiales de  limpieza, productos de desinfección, utensilios de sanitación y artículos de protección personal  accionados  por este protocolo.

 

Como los siguientes:

 

Artículos de limpieza

 

Jabón

Dispensador de Jabón

Papel secante en rodillos

Dispensador de Papel secante en rodillos

Paños de Limpieza

Envases vacíos para realizar diluciones de productos de limpieza y desinfección

 

Productos desinfectantes

 

Soluciones de hipoclorito en sodio al 5 %

Alcohol Gel

Dispensador de Alcohol Gel

Alcohol Etílico 70% (para limpieza de artículos electrónicos, computadores teclados, etc.)

Otros desinfectantes según especificaciones ISP

 

Artículos de Protección Personal

 

Mascarillas

Guantes para labores de aseo desechables o reutilizables, resistentes, impermeables y de manga larga no quirúrgicos

Traje Tyvek para personal de aseo.

Botiquín Básico: Termómetros, gasa esterilizada, apósitos, tijeras, cinta adhesiva, guantes, quirúrgicos, mascarillas, alcohol gel, vendas, tela en triángulos para hacer distintos tipos de vendaje, parches curitas.

 

 

Para la desinfección se  seguirá el protocolo y su  procedimiento de desinfección para el establecimiento al momento de retornar a las actividades.